«A viveristas y productores de árboles para uso comercial para zonas urbanas en el estado de Nuevo León.» por Reforestación Extrema A.C.
Comunicado de Reforestación Extrema A.C.
«Comunicado Importante:La importancia de la producción de especies nativas.»
A VIVERISTAS Y PRODUCTORES DE ÁRBOLES PARA USO COMERCIAL PARA ZONAS URBANAS EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN.
Marzo 2015. En breve comenzarán las mesas de trabajo para la elaboración de un REGLAMENTO DE ARBOLADO URBANO de acuerdo a lo que establece la LEY ESTATAL DE FORESTA URBANA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, que será homologado para los municipios del área metropolitana e independiente de los reglamentos de ecología municipales.
Uno de los objetivos de este documento será el de reglamentar el uso de especies en los programas municipales, estatales y federales y programas ciudadanos de arborización y reforestación que se hagan principalmente en los espacios públicos.
El uso correcto de las especies nativas será una de las determinaciones de este reglamento y lo que se busca es que la ley sea una herramienta para mejorar la calidad y longevidad del patrimonio forestal de la ciudad, a través de la diversificación en los mencionados proyectos de instalación de arbolado en la zona urbana y evitar los monocultivos con algunas especies nativas como actualmente está sucediendo.
Debido a que muchos de los esfuerzos que realizan los productores comerciales de árboles para uso urbano, se ha concentrado en muy pocas especies y variedades, como es el caso del encino, en donde muchas variedades ni siquiera son nativas, como el encino rojo, estamos desaprovechando la enorme riqueza natural que nos ofrece el territorio para tener en la zona urbana, ejemplares que están en mejores condiciones para desarrollar una foresta que provea de servicios ambientales y estéticos con una menor inversión de tiempo y recursos.
Por esta razón, este reglamento establecerá en sus consideraciones que un porcentaje menor de una sola especie podrá formar parte del total de plantaciones que en próximos años se integrarán a la capa forestal urbana, dando con esto oportunidad de que se consideren especies que actualmente prácticamente ningún vivero comercial está produciendo y ofreciendo en su catálogo de árboles.
Es importante mencionar que este documento considera la prohibición de la adquisición de algunas especies introducidas por parte de la autoridad federal, estatal o municipal. También el documento considera la prohibición de exhibición y venta de ciertas especies en ferias o eventos culturales promotores de plantas y flores y no podrán ser colocadas por particulares en espacios públicos.
Adicionalmente en nuestro programa de comunicación se intensificará la campaña para invitar a la comunidad a no adquirir ciertas especies de árboles y plantas para uso en espacios privados.
En el documento se considerarán especies introducidas o no nativas como especies adaptadas y adecuadas para los usos ya mencionados previa revisión con expertos y académicos a la luz de las nuevas investigaciones.
Con la finalidad de informar con mucha anticipación antes de la entrada en vigor de este reglamento y previendo que se requieren de algunos años para que los viveristas productores tengan en sus existencias la variedad de especies adecuadas y no quedar fuera de mercado, les sugerimos estar al pendiente de los avances en la elaboración del REGLAMENTO DE ARBOLADO URBANO y su entrada en vigencia.
Los invitamos a evitar en este momento la producción de especies que estarán prohibidas, así como concentrar sus esfuerzos en las especies que, no podrán comercializarse una vez cumpliendo la cuota o porcentaje por especie que considera el documento del reglamento.
Les sugerimos revisen su catálogo de plantas y lo comparen con del listado que se utilizará como base de la elaboración de reglamento que es La Lista de Plantas y Principios para su Uso en Ornato en el Estado de Nuevo León, publicado en octubre de 2008, por el Consejo Estatal Forestal integrado por la Universidad Autónoma de Nuevo León y Pronatura, entre otras, siguiendo criterios técnicos-paisajísticos determinados por las ecoregiones que establece la Conabio (Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad), para el estado de Nuevo León el cual puede solicitarse a la Dirección de Parques y Vida Silvestre del Estado de Nuevo León.
También pueden consultar el libro: Flora Nativa Ornamental para el Área Metropolitana de Monterrey del Dr. Glafiro Alanis y el Arq. Diego Gonzalez, así como el libro Guía de árboles y otras plantas Nativas en la Zona Metropolitana de Monterrey de Oswaldo Zurita.
En los trabajos para la elaboración de este reglamento, estaremos acompañados en los aspectos técnicos por la Asociación Mexicana de Arboricultura (AMA).
Queremos una foresta urbana diversificada y longeva, y para ello necesitamos productores y viveristas comprometidos con el incremento de la calidad de vida de nuestra ciudad.
Fuente: Fondo de Agua
Monterrey Bosque Urbano Metropolitano 2018